miércoles, 11 de marzo de 2020
Coronavirus, mascarillas, geles desinfectantes, intervención del estado o especulación y mercado negro
Por eso defiendo el estado de alarma. Porque ya prevé también este tipo de situaciones. Y esto también sería aplicable al tema de las mascarillas. Creo que el Estado tiene base legal para poder intervenir todas las mascarillas que hay en las fábricas y decir que en estas condiciones va a ser el propio Estado el encargado de su distribución. COSA, LA CUAL, YA DEBERÍA HABER HECHO.
DEL MISMO ARTÍCULO
La sinopsis del artículo 116, que regula el estado de alarma, señala que está pensado para cuando acontezcan "crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves".
Yo creo que estamos ante una situación de esas. Pero, desde luego, lo que yo digo es que estamos ante una situación en la que el Gobierno, al menos, lo tendría que barajar.
Técnicamente es el Gobierno el que acuerda el estado de alarma durante 15 días, que parece un tiempo razonable, y si quiere prorrogar se necesita la aprobación del Congreso. Entiendo que pueda asustar a la gente, pero es que la gente ya está preocupada. Es mejor pecar por exceso de prevención.
"El estado de alarma está previsto en la Constitución para situaciones de infección grave, como es el caso actual"
El estado de alarma permite, por ejemplo, limitar la circulación de personas o vehículos en determinados espacios o restringir la movilidad a determinados requisitos. Esto lo que han hecho en Italia. Entiendo que hablar de estado de alarma, pues alarma a la gente. Pero es que está previsto para situaciones como esta y en su día se utilizó para el tema de los controladores aéreos.
También se ha alertado de la posibilidad de que la Sanidad pública se pudiera quedar sin recursos suficientes en caso de un alto número de contagios. ¿La ley prevé escenarios en los que se puede expropiar o intervenir en la sanidad privada para poder atender esta crisis?
La palabra correcta creo que no es expropiación. El estado de alarma prevé "intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, etc". Por tanto, en una declaración de estado de alarma sí cabe. Porque, además, intervenir quiere decir que después vas a compensar económicamente.
Entonces y siguiendo la Constitución, ¿nuestra legislación actual permitiría una intervención en la sanidad privada para poner recursos en la pública.
Sí. La Constitución cuando habla del derecho a la propiedad la condiciona a la función social. El artículo 128 de la Constitución dice que toda la riqueza del país está subordinada al interés general y que "mediante ley" se podría "acordar la intervención de empresas cuando así lo exige el interés general". Se trata de una cuestión de salud pública y para algunas personas puede ser una cuestión de vida o muerte. Una UVI no se puede improvisar y si se necesitan recursos privados...
"Creo que el Estado tiene base legal para poder intervenir todas las mascarillas que hay en las fábricas"
Por eso defiendo el estado de alarma. Porque ya prevé también este tipo de situaciones. Y esto también sería aplicable al tema de las mascarillas. Creo que el Estado tiene base legal para poder intervenir todas las mascarillas que hay en las fábricas y decir que en estas condiciones va a ser el propio Estado el encargado de su distribución.
Le quería preguntar también por el derecho de manifestación. Hemos visto que CCOO y UGT han suspendido movilizaciones por precaución. ¿Podría el Gobierno prohibir protestas por salud pública?
No, no puede. El Gobierno no autoriza manifestaciones. Solamente se las notifican y la ley que regula el derecho de reunión sólo prevé la posibilidad de que las autoridades administrativas, es decir, las delegaciones del Gobierno, puedan 'prohibirlas' o modificar su celebración por cuestiones de alteración del orden público. Esto está pensado por los disturbios. Por tanto, en la situación actual, creo que no se podría prohibir.
¿Ni por cuestión de salud pública?
Hay que cosas que hay que apelar al sentido común de la gente y no tener necesidad de acudir a la mano dura del Estado para que te prohíba hacer cosas y lo más sensato en estas circunstancias es desconvocar las manifestaciones.
Y con un estado de alarma, que es lo que prevé nuestra Constitución para situaciones de infección grave, ¿tampoco se podrían prohibir las manifestaciones?
No. Solo cabría en un estado de excepción.
Entonces, en casos como las críticas que está recibiendo el Gobierno por la manifestación del 8M, ¿qué podría haber hecho el Ejecutivo?
En este tipo de situaciones el Gobierno lo que puede hacer es recomendar no celebrar una manifestación como una medida de prevención sanitaria y se le puede criticar que no haya dado información adecuada antes. Pero entiendo que no hay base constitucional para prohibir una manifestación. De hecho, ahora mismo, el Gobierno no está prohibiendo las reuniones de más de mil personas. Las está desaconsejando. Por ejemplo, el martes en las afueras del estadio de Mestalla, durante el partido Valencia-Atalanta, había dos mil personas y no los pueden multar por estar ahí.
Seis pautas para prevenir las infecciones por coronavirus
Estas son las recomendaciones que debes conocer para evitar el contagio:
1. Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón.
2. No realizar viajes innecesarios.
3. Al toser o estornudar, taparse la boca con el codo flexionado.
4. Evitar tocarse los ojos y la boca.
5. Usar pañuelos desechables y tirarlos después.
6. Las personas con síntomas deben permanecer en sus casas.
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